Presidenta de la Caja debe renunciar


“Undeca condena y reprocha categóricamente que se utilicen cargos y figuras como la de Presidencia Ejecutiva para favorecer estos actos y poner aún más en entredicho la ya muy cuestionada transparencia institucional”, comentó Martha Rodríguez, secretaria general de Undeca.

Las declaraciones llegan luego de que DIARIO EXTRA diera a conocer que el chofer de Sáenz es el papá del hijo de la sobrina de la funcionaria.

De acuerdo con la vocera de Undeca, más allá de ser legal o no, dicho nombramiento de confianza constituye un acto de nepotismo “reprochable”, pues no solo beneficia a una persona que tiene un vínculo por afinidad sino también porque riñe contra la ética que demanda la Presidencia Ejecutiva, cargo de mayor calibre en la institución.

“El simple acto de favorecer a alguien por afinidad o parentesco, cualquiera que sea su naturaleza, genera un precedente negativo, que ya recientemente costó el puesto al anterior Ministro de Trabajo por un hecho similar de favorecimiento a un familiar”, agregó.

Según Undeca, Sáenz no solo debe apegarse al Código de Ética de la Caja sino dar el ejemplo y esta acción genera una “mala imagen” para la institución. “Se establecen valores que tienen que ver con la transparencia y las buenas prácticas en la función pública”, recalcó.

En cuanto a la petición al presidente Solís, el criterio del sindicato de la Caja es que debe actuar igual que con el exministro de Trabajo, Víctor Morales.

“No hay ninguna diferencia. Es una institución de seguridad social fundamental para este país, donde no puede haber acciones o actos de funcionarios de favorecimiento”, aseguró.

¿INCLUYE A PARIENTES?

La presidenta de la CCSS argumentó a DIARIO EXTRA que el nombramiento estaba validado por el Reglamento sobre Régimen para Puestos de Confianza.

Esta normativa establece que la Presidencia Ejecutiva tiene derecho a nombrar a siete personas como funcionarios de confianza. Se trata de dos asesores de junta directiva y tres asesores, un jefe de despacho y un chofer.

No obstante, no se aclara si es permitido que la persona sea pariente de la presidenta ejecutiva.

En contraste la Ley Constitutiva de la Caja, que está por encima del Reglamento, señala en su artículo 17 que el presidente ejecutivo no podrá nombrar, para que formen parte del personal de la Caja, a los que estuvieren ligados con los miembros de la junta directiva, con los gerentes de división o con él, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado, inclusive, o de afinidad hasta segundo grado.

En los puestos de confianza la instancia competente, en este caso la Presidencia Ejecutiva, debe justificar los motivos de necesidad de tal nombramiento en puesto de confianza.

Estos nombramientos los puede hacer tanto la Presidencia Ejecutiva como la junta directiva y no pasan por un proceso de selección.

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Fuente: Diario Extra
María Siu Lanzas | Jueves 31 Marzo, 2016

DE ÚLTIMA HORA

Futuro de presidenta de CCSS se sabrá el jueves

El futuro de la presidenta de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), María del Rocío Sáenz, se sabrá el jueves cuando se valore un informe sobre su situación legal.

El documento fue solicitado por los directivos de la Caja, quienes ordenaron a la Auditoría Interna determinar si la actuación de Sáenz no se apega a lo que establece la Ley Constitutiva de la institución.

Mario Devandas, directivo de la CCSS, confirmó a DIARIO EXTRA que hubo una solicitud en ese sentido.

Los directivos tomarán la decisión de pedir la renuncia a Sáenz hasta ver el informe, no obstante consideran que existe la posibilidad de que el jerarca Luis Guillermo Solís sea quien le pida su retiro del Seguro Social.

El tema se discutió en la sesión de junta directiva del jueves pasado mientras Solís se encontraba de gira en Puntarenas.

La presidenta de la CCSS argumentó a DIARIO EXTRA que el nombramiento estaba validado por el Reglamento sobre Régimen para Puestos de Confianza, lo que no queda claro es si esto también aplica para familiares.

Otra de las dudas es hasta dónde llega el grado de consanguinidad para establecer una eventual sanción. La Ley Constitutiva de la Caja, que está por encima del reglamento, señala en su artículo 17 que el presidente ejecutivo no podrá nombrar, para que formen parte del personal de la CCSS, a los que estuvieren ligados con los miembros de la junta directiva, con los gerentes de división o con él, por parentesco de consanguinidad hasta el tercer grado, inclusive, o de afinidad hasta segundo grado.

El Periódico de Más Venta en Costa Rica publicó esta semana que la pareja de la sobrina de Sáenz es el chofer de la Presidencia Ejecutiva. Recientemente, la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (Undeca) pidió al mandatario Solís que removiera a Sáenz. El argumento del sindicato es que más allá de ser legal o no, dicho nombramiento de confianza constituye un acto de nepotismo “reprochable”, pues no solo beneficiaría a una persona que tiene un vínculo por afinidad sino también porque riñe contra la ética que demanda la Presidencia Ejecutiva.

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Fuente: Diario Extra
María Siu Lanzas | Sábado 02 Abril, 2016

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